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Urbanismo bajo las normas

Urbanismo bajo las normas

Un repaso por las particularidades de las licencias urbanísticas; documento legal necesario para ejecutar cualquier tipo de actividad constructiva.

Textos: Ángel Orrego


Llevar a cabo un proyecto de infraestructura significa conseguir mucho más que los materiales y la mano de obra. Hay una serie de normas y protocolos legales previos al proceso de construcción, siendo la licencia urbanística el más importante de ellos.

Este documento se estableció desde la década de 1990 como una herramienta de la ley para ejercer control sobre las actuaciones urbanísticas que se den en el territorio, y debe ser cumplido tanto por entidades públicas como por particulares. Así es posible verificar que los proyectos a ejecutar estén sujetos al ordenamiento territorial y a las normas tanto nacionales como municipales. La expide una autoridad competente, que puede ser una secretaría, una dirección de planeación municipal o una curaduría.

En el caso de esta última, aplica para los municipios que tienen esa figura reglamentada. “La licencia es un acto administrativo de carácter particular y concreto, es decir, que sirve solo para una situación y una propiedad en específico. Y autoriza a adelantar una serie de obras que están muy bien definidas en el mismo documento”, explica Juan Pablo Salazar, arquitecto del equipo de Ingeniería y Diseño Digital de Conconcreto.

¿CUÁNDO SE NECESITA?

Es necesaria para adelantar cualquier tipo de obra de construcción, ampliación, modificación, adecuación, reforzamiento estructural, restauración, reconstrucción, cerramiento, demolición de edificaciones y urbanización. De acuerdo con Salazar, es importante entender que estas licencias otorgan derechos y obligaciones. Derecho a adelantar cualquiera que sea la intervención a realizar, pero también obligaciones como la cancelación de expensas e impuestos municipales, solicitar el respectivo permiso de ocupación y ejecutar estrictamente las obras que la licencia otorga. Además, a raíz del episodio del edificio Space en octubre de 2013, se decretó que edificaciones superiores a 2.000 metros cuadrados necesitan tener una figura conocida como revisor técnico, que es una entidad independiente encargada de certificar que la construcción se lleve a cabo de acuerdo con los diseños. “Hay empresas que se han especializado en proveer ese servicio de forma muy completa y de acuerdo a toda la responsabilidad que exige la ley”, precisa el experto.

¿QUIÉN LA PUEDE SOLICITAR?

Lo puede hacer quien figura en la matrícula inmobiliaria como propietario del predio o el fideicomitente, es decir, la persona que tenga derechos fiduciarios sobre el predio en caso de que se haya constituido como una Fiducia, o quien esté catalogado como poseedor.

¿QUÉ SE REQUIERE?

Los requisitos pueden variar dependiendo de la clase y la modalidad (ver recuadro) de la licencia que se quiera tramitar. Sin embargo, hay algunos generales y aplican para todas las solicitudes: certificado de tradición y libertad, formulario único nacional, documento de identidad (o autorización cuando se actúe por medio de un apoderado), copia de declaración del impuesto predial, relación de los vecinos colindantes y las matrículas profesionales de los expertos involucrados en el proyecto.

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